Te informamos que tras valorar tu reclamación, esta ha sido desestimada. En caso de no estar de acuerdo con esta resolución, en aplicación de la Ley 7/2017 de 2 de noviembre, te informamos que dispones de estas otras vías alternativas a través de las cuales podrás realizar tu reclamación:
Ten en cuenta que tu reclamación debe estar dentro de su ámbito de competencia.